Las utilidades son las ganancias que genera una empresa en el transcurso de un año calendario (de enero a diciembre).
De las utilidades generadas por la empresa, sus trabajadores tienen derecho a recibir un porcentaje, esto siempre que los empleadores cumplan con los siguientes requisitos:
- Generar Renta de Tercera Categoría Empresarial.
- Generar utilidades en el año.
- Tener más de veinte (20) trabajadores en promedio anual.
Sin embargo, los empleadores que tengan la calidad de empresas autogestionadas, cooperativas, comunales, empresa individual, sociedad civil y microempresas no repartirán utilidades entre sus trabajadores.
Los trabajadores que tendrán derecho a recibir este beneficio serán los contratados a plazo indeterminado, a plazo determinado, a tiempo completo y a tiempo parcial.
De las utilidades generadas por el empleador, solo un porcentaje será repartido entre sus trabajadores, lo cual dependerá de la actividad económica a la que se dedique la empresa.
Es así que las:
- Empresas Pesqueras, Telecomunicaciones e Industriales repartirán entre sus trabajadores el 10%.de sus utilidades.
- Empresas Mineras, de comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes repartirán entre sus trabajadores el 8% de sus utilidades.
- Empresas que realizan otras actividades repartirán entre sus trabajadores el 5% de sus utilidades.
El pago de las utilidades a los trabajadores deberá realizarse dentro de los treinta (30) días de vencido el plazo para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del empleador.
Cabe mencionar que, para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del año 2022, se ha establecido que las fechas de vencimiento serán entre los días 24 de marzo y 11 de abril del 2023 dependiendo del último dígito del RUC del empleador.
Por lo tanto, si un trabajador tiene derecho a recibir utilidades de su empleador, estas deberán ser entregadas como máximo entre el 23 de abril al 11 de mayo del 2023.
Finalmente, conjuntamente con el pago de este beneficio, los trabajadores deberán recibir una liquidación de las utilidades recibidas, dicho documento deberá precisar la forma en que ha sido calculado este beneficio.
