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Contrato de Trabajo

Contrato de Trabajo

¿Qué es un Contrato de Trabajo?

Es el acuerdo de voluntades del empleador con el trabajador entre quienes surge una relación laboral obligándose el primero a pagar una remuneración al segundo por la prestación de sus servicios personales que brinda de manera subordinada.

¿Quiénes son los sujetos de una relación laboral?

Los dos sujetos que intervienen en esta relación son:

  • El empleador: puede ser persona natural con negocio o persona jurídica.
  • El trabajador: únicamente puede ser persona natural.

¿Cuáles son los elementos esenciales para establecer que hay un contrato de trabajo?

Existe un contrato de trabajo o relación laboral cuando se presentan los siguientes tres elementos:

  1. Subordinación: es el poder de dirección que tiene el empleador sobre el trabajador, el cual le permite ejercer la facultad de dirigir, fiscalizar, reglamentar y sancionar.
  2. Prestación Personal de Servicios: es el trabajador quien debe realizar de manera personalísima sus labores, no siendo posible delegarlo a un tercero.
  3. Remuneración: es lo que recibe el trabajador en dinero o especie a cambio de su prestación de su servicio o puesta a disposición del mismo al empleador.

¿Qué duración tienen los contratos de trabajo?

En función al tiempo de duración los contratos de trabajo pueden ser:

  • Plazo indeterminado: es aquel contrato que no tiene fecha de vencimiento.
  • Plazo determinado: es aquel que tiene una fecha de inicio y fin del contrato.

¿Es obligatorio que todo contrato de trabajo sea escrito?

No, esto dependerá del tipo de contrato de trabajo en función al plazo, así:

  • Un contrato a plazo indeterminado puede ser escrito o verbal.
  • Un contrato a plazo determinado es obligatoriamente escrito.

¿Deben registrarse lo contratos de trabajo en el Mintra?

En la actualidad no es obligatorio el registro, ante la autoridad laboral, de los contratos de trabajo a plazo indeterminado y determinado.

¿Cuál es el plazo para entregar al trabajador una copia del contrato de trabajo?

Cuando se trate de un contrato de trabajo escrito, el plazo que tiene el empleador para entregarle al  trabajador una copia del mismo es de tres (3) días hábiles contados desde el inicio de la relación laboral.

Recuerda:

Que cuando en una relación se presenten los tres elementos esenciales de la relación laboral, es decir, subordinación, prestación personal de servicios y remuneración, se presume que existe un contrato de trabajo a plazo indeterminado, al ser un acuerdo verbal.

Déjame tu información, me pondré en contacto contigo lo más antes posible.

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