La inclusión de herramientas de inteligencia artificial en las oficinas no es una fantasía lejana, redactores automáticos, análisis predictivos y asistentes virtuales ya ocupan espacio junto a profesionales humanos. Pero esta convivencia tecnológica abre una grieta jurídica: ¿qué sucede cuando la inteligencia artificial reduce funciones o tareas de un trabajador? En este escenario el empleador podría reorganizar los perfiles, pero no reducir la remuneración de forma unilateral a sus trabajadores por considerar que desempeñan menos funciones.
El camino frente a este contexto no es reducir remuneración, sino redefinir funciones y perfiles de manera razonable, acordada y respaldada con criterios éticos y verificables. Si los cambios afectan la categoría del puesto o se imponen sin diálogo, se estarían vulnerando derechos laborales.
Por otro lado, si la automatización elimina posiciones completas, podría activarse un cese colectivo por motivos tecnológicos; sin embargo, la norma no define con claridad qué constituye “motivos tecnológicos”, lo que genera inseguridad legal.
Finalmente, resulta necesario actualizar las normas en este contexto, ello con el objetivo de regular expresamente el impacto de la Inteligencia Artificial en el empleo, evitando medidas unilaterales del empleador que vulneren derechos de los trabajadores.
