¿Qué es la Estabilidad Laboral?
Es la protección que tiene todo trabajador a que no termine una relación laboral, salvo por una causa prevista en la ley.
Con ello existe la imposibilidad de que el empleador establezca en su reglamento interno o cualquier otro documento causales distintas a las previstas en la ley para terminar una relación laboral.
¿Qué clases de Estabilidad Laboral existen?
Existen dos clases:
- Estabilidad de Entrada: Es la protección que se otorga al trabajador desde el inicio del trabajo siempre que supere el periodo de prueba (tres meses) y su jornada laboral sea de 4 horas o más diarias.
- Estabilidad de Salida: Es la protección que se otorga al trabajador frente al despido arbitrario, es decir, solo procede el término de la relación laboral por causales establecidas por ley.
¿Qué tipos de protección existen ante la vulneración a la Estabilidad Laboral?
Existen dos tipos de tutela:
- Absoluta: ocurrida la terminación de la relación laboral por una causal no prevista en la ley se ordena la reposición del trabajador.
- Relativa: ocurrida la terminación de la relación laboral por una causal no prevista en la ley se ordena solo el pago de una indemnización laboral.
¿A qué tipo de tutela puedo recurrir el trabajador ocurrida la vulneración?
La manera en que se vulnera la Estabilidad Laboral por parte del empleador es mediante un despido que no tenga una justificación en la capacidad o conducta del trabajador.
La ley y jurisprudencia han establecido distintos tipos de despido, teniendo cada una de ellas una tutela particular.
Es así que ante un:
- Despido incausado, a elección del trabajador, podrá solicitar la reposición o la indemnización laboral.
- Despido fraudulento, a elección del trabajador, podrá solicitar la reposición o la indemnización laboral.
- Despido arbitrario, el trabajador únicamente podrá solicitar la indemnización laboral.
- Despido nulo, a elección del trabajador, podrá solicitar la reposición o la indemnización laboral.
